El próximo 12 de mayo entrará en vigor la nueva Ley sobre Registro de Jornada Laboral. La normativa RD-Ley 8/2019 se publicó el pasado 8 de marzo, refrendado en el BOE-A-2019-3481, y obliga a todas las empresas a llevar un registro de las jornadas y control de horario con un sistema de fichajes con el fin de combatir la precariedad laboral. Las empresas dispondrán desde mayo un plazo máximo de dos meses para adaptarse a la normativa.

 

¿En qué ayuda la Ley sobre Registro de Jornada Laboral y Control Horario?

  • Combatir la precariedad Laboral: Garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada.
  • Control horario: Control horario por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, creando un marco de seguridad jurídica que termine con la precariedad laboral
  • Control de horas extras: Poner control a las horas extras no pagadas o fraudulentas que encubren jornadas completas en caso de los trabajadores a tiempo parcial
  • Control de absentismo: Saber y controlar el absentismo laboral del personal de la organización
  • Ayuda en la conciliación familiar: la realización de un tiempo de trabajo superior a la jornada laboral legal o convencionalmente establecida incide, con relevante influencia, en la vida personal de la persona trabajadora al dificultar la conciliación familiar y el salario.
  • Cumplimiento de las normas del derecho trabajo: las reglas sobre limitación de la jornada laboral son uno de los elementos del derecho del trabajo, y protegen a las personas trabajadoras.
  • Regular el concepto “Flexibilidad horaria”: la flexibilidad horaria no se puede confundir con el incumplimiento de las normas sobre jornada máxima y horas extraordinarias.

 

¿Conoces las sanciones que lleva no cumplir con la normativa de control horario en tu empresa?

Las sanciones dirijas a la empresa por incumplimiento de la normativa van desde los 60€ hasta los 187.515€.

  • Infracciones leves 60€ a 625€. Se considera leve el hecho de no informar de las principales condiciones laborales o incumplir el proceso por el cual se debe informar mediante informes generador por el sistema de fichajes.
  • Infracciones graves de 625€ a 6.250€. Se consideran graves los casos de irregularidades en los horarios pactas o en el caso de realizar horas extras no computadas ni pagadas.
  • Infracciones muy graves de 6.250€ a 187.515€. Las infracciones muy graves son aquellos casos en los que se hayan producido un aumento indebido de horas extras sin que estas estén reflejadas en un cambio de tipo contrato, o bien en casos en los que el máximo legal de 80 horas extras anuales se supere o no se abonen adecuadamente.

 

Presentamos TOT

Cistec te ofrece la solución para la gestión del tiempo y presencia en tu empresa con TOT Track of Time, que lanzaremos el próximo 26 de abril. La App te permitirá llevar un registro de la jornada de tus empleados con un control horario digital a través de un terminal de fichaje físico o con una App para adaptarse a los puestos de trabajo itinerantes. El control digital permitirá la emisión de listados e informes sobre las jornadas, absentismo laboral y horas extras, entre otros.

Si quieres más información contacta con nosotros en info@totapp.tech